
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, estará constituida por todos los socios protectores, socios institucionales y socios de número de la Asociación, que estén al corriente de sus obligaciones. Así como, por los socios de honor de la Asociación.
Las entidades asociadas podrán delegar su representación y voto en otra o en un miembro de la Junta Directiva, mediante comunicación dirigida al Presidente. Los socios institucionales y los socios de honor tendrán voz pero no voto en la Asamblea General.
Corresponde a la Junta Directiva y su Comisión Permanente el gobierno directo de la entidad con sujeción a las normas establecidas por la Asamblea General y ejecución de los acuerdos de ésta mediante adopción de medidas y resoluciones precisas y que, de manera expresa, no estén reservados a la competencia de dicha Asamblea General.
Estará compuesta por un número máximo de cuarenta y uno vocales elegidos por la Asamblea General entre los titulares o representantes de los socios institucionales y de número, atendiendo a los siguientes criterios de representatividad:
A este número de vocales resultante de la representación de los socios institucionales y de número, se añadirá un vocal por cada socio protector de la Asociación que será designado directamente por la entidad a la que represente.
La Comisión Permanente, estará compuesta por las personas que ostenten los cargos relacionados en el articulo16 de los estatutos, párrafo que se refiere a la elección de la Junta Directiva, además de por los vocales representantes de los socios protectores que no estuvieran ya representados en ésta comisión por su condición de Presidente, Vicepresidente, Secretario o Tesorero, siendo misión de la Comisión Permanente resolver los asuntos entre reuniones de la Junta Directiva y aprobar propuestas de la Asociación señalando las aportaciones económicas de acuerdo con el escalado vigente. De considerar que una entidad no reúne los requisitos para su admisión, someterá el caso a la Junta Directiva.
El CDTI es una Entidad Pública Empresarial, que promueve la innovación y el desarrollo tecnológico de las empresas españolas. Su objetivo es contribuir a la mejora del nivel tecnológico de las empresas mediante: la evaluación técnicoeconómica y financiación de proyectos de I+D+i desarrollados por empresas; la gestión y promoción de la participación en programas internacionales de cooperación tecnológica; la promoción de la transferencia internacional de tecnología empresarial y de los servicios de apoyo a la innovación tecnológica; y el apoyo a la creación y consolidación de empresas de base tecnológica.
El Presidente de la Asociación, lo será también de la Asamblea General. La duración de su mandato será de cuatro años, pudiendo ser reelegido. Al término de su mandato pasará a formar parte del Consejo Asesor de la Asociación.
En caso de vacante de la Presidencia, será sustituido por el Vicepresidente pudiendo prolongarse, dicha situación por el periodo que reste hasta la renovación normal si así lo considera la Junta Directiva.
La Asamblea podrá conferir y retirar este título honorífico. El nombramiento de Presidente de Honor podrá recaer en una personalidad de reconocido prestigio y merecimiento en el ámbito de las tecnologías y el uso eficaz del agua. El Presidente de Honor será miembro de la Asamblea y ejercerá cuantas funciones le sean delegadas por el Presidente. La propuesta para la concesión de la condición de Presidente de Honor deberá ser suscrita por el Presidente y al menos dos terceras partes de los miembros de la Junta Directiva. El Presidente de Honor podrá cesar por decisión propia.
El miembro de la Junta Directiva que ostente este cargo, asistirá al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones. En los supuestos de vacantes, ausencia o enfermedad del Presidente, le sustituirá. La duración de su mandato será igual que la del Presidente.
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